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Está prohibido
El préstamo para el aumento de capital no está permitido porque la ley sólo admite como contravalores a la ampliación de capital nuevas aportaciones, dinerarias o no dinerarias, al patrimonio social, o la transformación de reservas o beneficios que ya figuraban en dicho patrimonio.
Apunte. Por otra parte, los préstamos sí permitidos a socios o administradores requieren acuerdo de la Junta General.
Están prohibidos los préstamos a socios destinados a la ampliación de capital de la propia sociedad prestadora.